GERMANDAT DE SANT SEBASTIÀ, MPS

SERVICIOS

sección "A"
 

  

 

 

 

 
  MUTUA DE PREVISIÓN SOCIAL

  Premio a la maternidad

El premio a la Maternidad se percibirá siempre, y la cantidad será de 60 euros,  por cada uno de los hijos que nazcan de las asociadas, tanto si son vivos como muertos.

No causará derecho a la indemnización los abortos que las asociadas convengan tener, a excepción de aquellos abortos que se hayan realizado por necesidades médicas siempre que la asociada así lo acredité mediando la correspondiente certificado del médico que el haya intervenido; certificación en la que deberán constar necesariamente las causas por las que la asociada ha tenido que abortar.

En caso de que la parte presentase complicaciones, a partir de los ocho días la asociada afectada podrá empezar a cobrar el subsidio de enfermedad que reglamentariamente le corresponda,  por lo cual deberá presentar en las oficinas de la Germandad la baja del médico.

Si a la asociada durante la parte se le debiese hacer una cesárea, podrá percibir el subsidio de la AGRUPACIÓN II, perteneciendo a Cirugía. 

Para tener derecho al Premio a la Maternidad y al subsidio que de lugar, como consecuencia de una complicación del parte, será necesario que la asociada llevé como mínimo tres años inscrita a la Germandat.

Será necesario que la asociada presente la solicitud por escrito, con la correspondiente certificación médica o bien de la comadrona, para poder obtener el subsidio a la Maternidad.